Entender que la llegada de la Dictadura en 1976, era solamente el plan macabro de una camarilla militar, para extinguir al enemigo interno encolumnado a un supuesto terrorismo internacional, sin dudas es un simple maniqueísmo que intenta encubrir los verdaderos fines, que fueron profundizar la entrega y la dependencia de la nación, y que coincidentemente encontraran en los noventa, su misma profundización. Todo esto con el beneplácito de sus socios civiles, que constituyeron el aspecto principal de la dupla cívico- militar, ya que lo que estaba en juego principalmente era un modelo de acumulación económica.
El entramado jurídico legal iniciado en 1976, para beneficio de unos pocos, que llevaría hasta la estatización de la deuda externa, es un edificio bastante complejo, que necesariamente hay que desmontar de forma gradual y paulatina para que el actual modelo pueda profundizarse. El Decreto 1722/2011 publicado en el Boletín Oficial el pasado miércoles es una muestra mínima pero cabal de cómo desandar y revertir todo ese trayecto iniciado en 1976. Con la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete Aníbal Fernández, y el ministro de Economía Amado Boudou, el decreto restableció la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de operaciones de exportación de petróleos crudos, sus derivados, gas y de empresas mineras. En los considerandos se expresa que el restablecimiento se establece en virtud de razones de equidad, habiéndose modificado las circunstancias que dieran origen a las excepciones y, con la finalidad de otorgar un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas, como por ejemplo las del complejo agro exportador.
La autorización para liquidar las divisas en el exterior, el 70% para las petroleras y la totalidad para las mineras, fue un beneficio que se otorgó a partir de la sanción de la ley 21.382 de inversiones extranjeras, sancionada en agosto de 1976, cuyo texto fue perfeccionado en los noventa por los tratados bilaterales de inversión.
Esta ley sancionada durante la dictadura venía a revertir lo que había establecido la Ley 20.557de igual nombre pero de septiembre de 1973, que imponía un límite anual para la remesas de utilidades a sus países de origen y prohibición para que las empresas extranjeras invirtieran en áreas relacionadas a la defensa y seguridad nacional, servicios públicos, banca comercial y medios de comunicación; todas consideradas áreas “estratégicas” para el desarrollo del país. Además, las inversiones debían ser autorizadas por el Poder Ejecutivo y los bienes y servicios que proyectaban producir debían posibilitar, en un período de tiempo estipulado, la sustitución de importaciones.
La medida dictada el pasado miércoles que fue calificada como demasiado súbita por las principales empresas involucradas, que no esperaban perder este beneficio tan sorpresivamente, con el que no cuenta el resto de los sectores productivos, es parte de un plan para evitar la fuga de divisas y generar un fondo contracíclico, ya que además de alentar la inversión en el país, reforzará sustancialmente los controles. Según fuentes del Banco Central y analistas privados, la nueva normativa permitirá que ingresen en la plaza local entre 3000 y 4000 millones de dólares anuales que hasta ahora quedaban en el exterior, y que pasarán a engrosar la oferta local de divisas.
Sin dudas un paso mínimo pero necesario para comenzar a desandar la entrega, pero que debiera ser parte de una lógica que ya no es la de “atraer inversiones” a cualquier costo, sino la de un modelo de desarrollo autónomo, que permita sustituir importaciones, e industrialice al país.
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